Una de las preguntas frecuentes en el Servicio de Impuesto Internos es si es preciso declarar si no tengo movimientos en el SII, y por supuesto que puedes hacerlo. Todos los contribuyentes, personas, comercios o empresas que realicen una actividad comercial están en la obligación de hacer la declaración de sus impuestos mensual o anualmente.
De acuerdo a lo que corresponda debes presentar tus impuestos para evitar multas o sanciones, si aún no sabes cómo hacerlo, aquí te lo explicaremos. A pesar de que no tengas movimientos, tendrás que presentarte con tu declaración que lo compruebe.
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¿Cómo es posible declarar si no tengo movimientos en el SII?
En la ley se expresa claramente que todos los contribuyentes de Primera Categoría del Impuesto a la Renta se encuentran obligados a presentar las declaraciones F29 o F50. Ahora bien, dichos contrayentes son todos los que se desempeñan en actividades industriales, comerciales, prestación de servicios, agrícolas y extractivas.
Las declaraciones deben realizarse mensualmente, es una exigencia tanto si tienes movimientos como si no los tienes. Ahora, el formulario 29 es el indicado a las declaraciones de carácter mensual, se trata de impuestos que deben ser retenidos y enterados en arcas fiscales, tal como el IVA.
Este es el formulario correspondiente cuando no tienes movimientos, porque aunque no existan, es preciso que dejes constancia ante la ley.
Declaración sin movimientos en el SII ¿Cómo hacerlo?
Gracias a los avances tecnológicos ahora puedes realizar todo el procedimiento por internet, para ello tendrás que ingresar a la página oficial del SII. Necesitarás pedir una clave secreta que obtendrás en la misma página, al tenerla es momento de ingresar al menú de impuestos mensuales (F29 y F50).
Aquí solo debes presionar la opción declarar y pagar, en la nueva ventana te solicitarán tu RUT y clave secreta o certificado digital, podrás elegir cualquiera de las dos maneras para ingresar. Una vez ingresas verás tu resumen global como contribuyente, en la parte superior de la página verás las opciones que puedes elegir, aquí escoge la declaración “sin movimientos”.
Esta opción te permitirá enviar una declaración sin movimientos, lo que evitará que tengas que revisar los campos del formulario, en consecuencia, el procedimiento será más rápido y fácil. Sin embargo, si no puedes hacer el procedimiento por internet siempre puedes acudir a las oficinas correspondientes para completar la tramitación.
Conoce los tipos de declaraciones existentes
Cuando ingresas al Formulario 29 en internet, notarás automáticamente que tienes dos tipos de declaraciones. La primera es la declaración con pago, es decir, en este caso el casillero denominado “Total a pagar” tiene un valor mayor a cero.
La segunda opción son las declaraciones sin pago que, al contrario de la anterior, la casilla se mantendrá vacía. Aquí no siempre será que no hubo movimientos, pues verás que existen las declaraciones sin pagos y con movimiento que son las que presentan valores mayores a cero en sus códigos de impuestos.
En tu caso, sería sin pago y sin movimientos, por lo que observarás que todos los códigos de impuestos se encontrarán en cero o varios, los únicos números diferentes serán los de identificación o remanente.
Penalización al no hacer la declaración en el SII
Has podido observar que a pesar de no tener movimientos es indispensable que realices la declaración correspondiente, si pasa la fecha indicada y no la has hecho podrás recibir multas que pueden ir desde una Unidad Tributaria Mensual hasta una Unidad Tributaria Anual.
Cuando realizas la declaración fuera del plazo correspondiente, te enfrentarás a posibles sanciones como:
- Cuando dejas del pagar dentro del plazo correspondiente tendrás un ajuste por Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se basará en el último día dos meses antes del vencimiento y el último día dos meses antes de la fecha de pago.
- Si el retraso no supera los 5 meses después de haberse vencido, te enfrentarás a una multa basada a un reajuste del 10% de la deuda.
- En cuanto supera los 5 meses la multa fijada en 10% irá en aumento progresivamente en un 2% de acuerdo a cada mes de retraso que tengas. Será así hasta que llegue a un 30% límite sobre los impuestos gravados.
- Será aplicado un interés del 1.5% por cada uno de los meses o fracción de días que transcurran.
Evalúa si has sido multado
Seguramente, te preguntarás como sabrás cuando recibas una multa, eso lo conocerás al ingresar a la página oficial del SII en la que encuentras toda tu información como contribuyente totalmente actualizada.
Para ello, ingresa a la página oficial y dirígete a “Servicios Online” después a “Situación Tributaria” y haz clic en “consultar”. Tendrás que agregar cierta información personal de acuerdo a tu registro para acceder y revisar toda la situación tributaria, tal como el No. RUT de tu propiedad.
¿Qué sucede si no pagas tus impuestos?
Tal como pudiste observar antes, de no hacer la declaración a tiempo tendrás que enfrentar a ciertas multas, sanciones o impuestos aunque en un inicio no los tuvieras. Esto también provocará que con el paso del tiempo presentes ciertos inconvenientes en tu actividad comercial o profesional.
Además, no podrás llevar a cabo ninguna tramitación ante el SII hasta que te pongas al día, por lo tanto, te recomendamos que coloques alarmas que te avisen cuando es el día de declarar y pagar. La declaración debe convertirse en parte de tus quehaceres mensuales, si es complicado hacerlo todo solo te recomendamos que contrates un profesional que pueda ocuparse de esto en tu actividad comercial.
Si tienes inconvenientes con los pagos por internet y eso provoca atrasos, lo ideal es que te acerques a las oficinas del SII y realices la tramitación de forma presencial. Eso también te permitirá resolver todas las dudas que tengas con los profesionales encargados de atenderte.
Finalmente, cualquier inconveniente debes resolverlo antes de que la fecha de vencimiento se aproxime, en ocasiones la entidad no valida los problemas e igual impone las multas y sanciones.