Demanda de paternidad en Chile: Filiación y reconocimientos de los hijos

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Demanda de paternidad en Chile - Filiación y reconocimientos de los hijos

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En ocasiones, la paternidad es un tema complejo y más cuando es poco reconocida. Para esos momentos de suma necesidad, es imperioso realizar una demanda de paternidad ante la ley chilena para resolver el problema.

Como resultado se obtiene una respuesta legal certera, capaz de unir los cabos sueltos y solventar problemáticas. Sin embargo, es común no conocer los pasos a seguir, pero, para ello, se te ayudará a despejar las dudas.

¿Qué es la filiación?

La filiación o Ley de la Filiación, es un decreto oficial promulgado en el año 1998. Mediante el mismo, se le otorgaban derechos igualitarios a aquellos hijos que resulten concebidos fuera del matrimonio.

De igual manera, se estableció un parámetro en donde la paternidad, ya no es una acción voluntaria de la cual se puede prescindir. En contraparte, ahora puede ser impugnada mediante una demanda de paternidad como tal.

Asimismo, el término de filiación, hace referencia a la relación íntima entre el descendiente y el ascendiente. Resumidamente, es el lazo que une al padre o madre con sus hijos. A su vez, para fines prácticos de la ley, la filiación guarda una serie de obligaciones y derechos que, parte y parte, deben cumplir.

Qué es la filiación

Tipos de filiación

De acuerdo a lo establecido en la ley, están plasmados tres tipos de afiliación en específico. Todas y cada una de ellas cumplen un papel importante, por lo que se debe prestar atención a las mismas.

  1. Filiación por naturaleza.
  2. Filiación por reproducción humana asistida.
  3. Filiación por adopción.

Principios máximos de la filiación en Chile

De igual manera, la afiliación cuenta con una serie de principios morales, los cuales rigen el camino a seguir. Sin ellos, básicamente la Ley de Filiación, no sería más que una premisa vacía.

  1. En primer lugar, el principio máximo pregonado es la igualdad. No se tolera ningún tipo de discriminación adherida a estos estatutos, por lo que todos los hijos deben ser reconocidos por igual. En virtud de ello, no es permitido referirse a uno u otro como “ilegítimo”.
  2. Como segundo lugar, se consolida al niño como máxima figura. En ese sentido, se debe velar por su seguridad, desarrollo y crecimiento tanto espiritual como material. Por su parte, es de vital importancia reconocer sus derechos, obligaciones y situación.
  3. Dentro del tercer lugar, se engloba el derecho impoluto a conocer las raíces de la existencia del niño. Es decir, la investigación de la paternidad y la maternidad, debe realizarse sin variaciones para determinar la procedencia del niño.

¿Dónde se tramita la filiación?

Si no se posee un sentido estricto acerca de estas leyes, la mejor manera de hacerlo es dentro de un Juzgado de Familia. Ellos, son los que cuentan con la potestad imperiosa de manejar todas las leyes en torno a las demandas por paternidad.

Acciones de filiación en Chile

  1. Acción de reclamación de filiación: cuando el padre no responder por su derecho de paternidad, puede reclamarse la misma. Por medio de una reclamación, se realiza una búsqueda exhaustiva para dar con la persona en cuestión.
  2. Acción de impugnación de filiación: en resumidas cuentas, la impugnación de la filiación, borra el derecho de paternidad impuesto. Esta, se realiza cuando se ha realizado una designación errónea o se busca esclarecer al verdadero padre.
  3. Acción de simple desconocimiento de la paternidad: para fines de la ley, se establece que, si un hijo nace 180 días antes del matrimonio, es considerado como hijo ilegítimo. Sin embargo, esta acción busca contrarrestar los efectos de este vacío dentro de las leyes.
  4. Acción de nulidad de reconocimiento de un hijo: un hijo nunca estará desamparado por la ley como tal. En dado caso de que se presente un decreto de nulidad de paternidad, portará aquella que poseía con anterioridad.

¿Cómo sabe la ley si una persona es padre de un hijo?

La ley chilena dispone de dos vertientes claras a analizar con perspectiva. La primera de ellas, habla acerca de la concepción de un niño dentro del matrimonio. Siendo así, la ley chilena reconoce inmediatamente al hombre dentro de la pareja, como el padre legítimo del recién nacido.

Por el contrario, cuando un hijo es concebido por una pareja que no está bajo los estatutos del matrimonio, el panorama es menos estricto. No existe una ley que obligue al padre a presentarse en el registro civil para otorgar la paternidad al niño. Por tal motivo, este escenario está arraigado más a un hecho voluntario que obligatorio.

Si se presenta el escenario en donde el padre no disponga de la voluntad de reconocer al niño, comienzan los problemas. En virtud de ello, es donde nace la Ley de Filiación, así como las demandas de paternidad, de manera que se pueda arribar a puerto.

Cómo sabe la ley si una persona es padre de un hijo.jpg

¿Cómo reconocer a un hijo después de años?

Al pasar los años, es común la creencia de que ya no se tiene la potestad de reclamar el reconocimiento de un hijo. No obstante, la realidad es que, el derecho o reclamo de filiación no se basa en un tiempo en particular.

Mientras el hijo no posea una paternidad previa asignada y reconocida, puede llevarse a cabo el reconocimiento. De lo contrario, el proceso es más largo y tedioso, puesto que, primeramente, ha de realizarse una impugnación de la paternidad primeriza.

Reconocimiento de maternidad

El reconocimiento de la maternidad es, prácticamente, un hecho impoluto e inalterable. Al momento del parto, independientemente de pertenecer o no a un matrimonio, la ley establece que la madre será quien dio a luz.

No obstante, el reconocimiento de maternidad puede realizarse en cualquier momento. Tal como se mencionó, el reconocimiento de un hijo es un acto que no se ve afectado o asociado al tiempo que transcurra.

Asimismo, el reconocimiento de la maternidad puede ser investigado, examinado y dictaminado, finalmente, por un juzgado. De esa manera, se determina con exactitud la procedencia del hijo como tal.

¿Qué pasa si el padre no quiere reconocer a su hijo?

En dado caso que el padre esté sujeto al matrimonio, la ley inmediatamente lo reconocerá como tal ante el nacimiento del niño. Del otro lado de la moneda, si no está casado, no existe ninguna ley que ampare el reconocimiento obligatorio del niño.

Ante ello, el padre estará en todo su derecho a no presentarse voluntariamente ante el registro civil. Pero, no resulta del todo libre de tal hecho, puesto que, aún debe enfrentarse a un hecho mayor. Cuando no busca reconocer a su hijo, se puede acudir a un tribunal de familia y presentar una demanda de paternidad.

Qué pasa si el padre no quiere reconocer a su hijo

Qué hacer para exigir el reconocimiento de la paternidad

La mejor manera de exigir el reconocimiento de la paternidad, es asistir al Juzgado de Familia. No será un procedimiento legal sencillo, pero de no presentarse la demanda, los resultados son contraproducentes.

Demanda de paternidad: Paso a paso

A continuación te mostraremos los pasos a seguir para realizar una demanda de paternidad:

Conseguir un abogado

Todo proceso judicial debe ser asesorado por el mejor abogado que pueda pagarse. Al ser un procedimiento legal de envergadura, si no se tiene el conocimiento necesario, es común fallar. En virtud de ello, asegúrese de concretar una ayuda ideal, que conlleve al éxito de la operación.

Presentar la demanda de paternidad

Una vez se esté completamente asesorado sobre el tema, debe presentarse la demanda de paternidad a un Juzgado de Familia. Cabe destacar que, no estrictamente debe ser un tribunal en particular ni uno central, basta con consignar la denuncia ante un juzgado local.

Aun así, no es tan sencillo como parece. El juzgado exigirá una serie de pruebas que avalen una relación entre el acusado y la madre. Esto puede sonar un poco tedioso, pero la realidad es que con cualquier testigo ocular o hasta fotos explícitas, servirán.

Cuando el caso sea procesado con satisfacción y las pruebas sean veraces y certificadas, se procederá al siguiente escalón. La citación por demanda de paternidad, será llevada por “un receptor judicial” al acusado, donde sea que se encuentre.

La ley tiene la potestad absoluta de investigar al o los acusados por demanda de paternidad. Es decir, conocerán sus movimientos, acciones y lugares que frecuentan, con tal de finiquitar la entrega del acta de citación.

Demanda de paternidad

Audiencia por reclamación de paternidad

Al momento en que la demanda empieza a correr por su cuenta y es aceptada por el acusado, no habrá marcha atrás. Si decide no presentarse el día de la audiencia, las consecuencias serán contraproducentes para sus intereses.

Como resultado, la ley chilena tiene la potestad para proceder por desacato. Es decir, entenderá que el acusado realmente es acreedor de la paternidad del joven, por lo que emitirá que sea de esa manera.

Sin embargo, de presentarse el día indicado, la respectiva batalla legal se llevará a cabo entre las partes. A partir de allí, será el mismísimo juez quien decida el resultado final de la contienda.

En base a ello, si las pruebas no son concluyentes, se ordenará un test o examen de ADN para culminar con la duda. Dicho esto, será la sentencia previa a establecer o no, el derecho de filiación o reconocimiento de un hijo.

Examen de ADN

¿En qué consiste el examen de ADN?

Ante la duda, una prueba, examen o test de ADN, es una comprobación médica, científica y legal del parentesco sanguíneo. Por medio de una muestra de sangre procesada gracias a un laboratorio médico, se determina la carga genética familiar.

Con el nacimiento de un hijo, este hereda la carga genética tanto del padre como de la madre, en mitades iguales. Por ende, el resultado final de la prueba, arrojará con certeza, si el acusado es, en realidad, el padre del niño.

¿Qué pasa si el demandado se niega a realizarse la prueba de ADN?

En líneas generales, se aplica el mismo principio de negativa de asistencia mencionado con anterioridad. Es decir, si el acusado es citado, en un máximo de dos veces, pero no asiste al compromiso, será declarado padre del niño.

La razón principal es que, la ley chilena hace énfasis en la negativa injustificada. En resumidas cuentas, el hecho de no presentarse física y formalmente a la cita, será motivo inequívoco de desacato. Y, como consecuencia, se le asignará el reconocimiento al hijo de manera inmediata.

¿Se puede pedir más de una prueba de ADN?

Las pruebas de ADN son testimonios infalibles, que, bajo los estatutos correspondientes, son inalterables. El juez es quien dictaminará los lugares donde pueda realizarse la prueba, evitando corrupción o manipulación de resultados.

En consecuencia, no necesariamente se requerirán realizar más de una prueba, sino que, con una de ellas, bastará. De acuerdo al resultado arrojado, el juez dictaminará o no, la filiación hacia el niño.

¿Tiene algún costo realizar el examen de ADN?

La prueba de ADN podrá ser tramitada de manera gratuita a través del Servicio Médico Legal. No obstante, para fines de rapidez y mayor especificidad, el juez podrá designar un centro privado de confianza. La diferencia radica en que, cuando se da este escenario, el pago correrá por la cuenta del acusado.

¿Qué viene después del juicio y la sentencia?

Una vez el examen de ADN se concrete, la sentencia se dictará de manera positiva o negativa en virtud de la prueba. Si el panorama se decanta por una opción de paternidad comprobada, el juez procederá al reconocimiento.

Para ello, ordenará, de manera legal, que el registro civil, valga la redundancia, registre al acusado. Por ende, la ley de filiación será aplicada en este caso, obteniendo la paternidad a través de una demanda satisfactoriamente conclusa.

A raíz de ello, tanto el padre como el niño, pasan a disponer de ciertos derechos y obligaciones. Desde el aspecto material, hasta el emocional y pasando por el financiero, el padre debe educar, cuidar y responsabilizarse por el niño. Asimismo, este último será garante del derecho a pensión alimenticia y sobre pertenencias asociadas a herencias.

¿Cuánto se demora una demanda por paternidad?

En promedio, una demanda de paternidad transcurre a lo largo de 4 a 6 meses como tal. Sin embargo, el tiempo estará determinado realmente por la convalidación y certificación de las pruebas.

De no ser concluyentes, se procederá a la realización del correspondiente test de ADN. A partir de allí, el proceso judicial transcurrirá en la medida de lo que se obtienen los resultados del test.

Cambio de apellido y demanda de paternidad

El éxito de la demanda de paternidad apenas es el primer paso de un largo camino a recorrer. Como es de esperarse, el hijo, dentro del registro civil, está presentado con los apellidos de la madre.

Por tal motivo, se deberá proceder al cambio de apellido correspondiente si se quiere optar por los derechos mencionados. No será una opción en discusión, ya que, por ley, debe efectuarse.

Cambio de apellido y demanda de paternidad.jpg

¿Es realmente necesario demandar al padre de un hijo para que lo reconozca?

En la mayoría de los casos, la demanda por paternidad ocurre cuando, irreverentemente, el padre no vela por el niño. Bien sea por falta de intención o porque simplemente lo considere un error, la realidad es que la demanda se antoja oportuna.

Es el camino más correcto a seguir, sobre todo en los casos más renuentes y extremos. Sin embargo, si ambas partes son lo suficientemente abiertas al bienestar común, se puede lograr un punto medio y una voluntariedad recíproca.

¿En qué consiste la impugnación de paternidad?

La acción de impugnación de la paternidad, no es más que un evento judicial por medio del cual se anula una paternidad. Bien sea por parte de la madre, del mismo padre o del hijo, se puede impugnar la paternidad ante un tribunal de familia.

Quiénes pueden impugnar la paternidad de un hijo nacido en matrimonio

  1. Padre: el progenitor dentro del matrimonio, será capaz de impugnar la paternidad en un plazo de 180 días a 1 año. La fecha de inicio correrá desde el momento oportuno en donde se dio a conocer la concepción del parto.
  2. Herederos: en caso de muerte del padre y estando dentro de los plazos mencionados anteriormente, los herederos tendrán la potestad de la impugnación.
  3. Hijo: una vez cumplida la mayoría de edad (18 años) y transcurridos 365 días posteriores, el hijo será capaz de solicitar la impugnación de la paternidad.

Quiénes pueden impugnar la paternidad de un hijo nacido fuera del matrimonio

  1. Hijo: en caso de ser reconocido voluntariamente, este puede impugnar la paternidad cumplido la mayoría de edad. En virtud de ello, poseerá un plazo de dos años para finiquitar el proceso eficazmente.
  2. Representante: solo el representante legal del hijo podrá solicitar la impugnación de la paternidad. Obviamente, siempre y cuando se establezca en el plazo estipulado.
  3. Herederos: en caso de muerte previo a cumplirse los dos años o desconociendo el reconocimiento, los herederos actuarán. Presentando las pruebas claves, serán capaces de optar por la impugnación de la paternidad.
  4. Interesados: todo aquel allegado interesado y con parentesco familiar o legal, será capaz de contribuir en el proceso. No obstante, debe cumplir, igualmente, con el tiempo preestablecido.

¿Cuándo no se puede impugnar la paternidad?

El caso principal en donde no se puede impugnar la paternidad, es cuando no se logra realizar en los tiempos predispuestos. Asimismo, se menciona la incapacidad de las partes de llegar a un acuerdo, así como impedimentos que se basan en edad o falta de legalidad.

¿Qué medios otorga la ley para impugnar una paternidad?

La ley está abierta a recibir toda clase de pruebas que establezcan una visión clara de lo que acontece. Sin embargo, cuando se trata de estos casos, el método principalmente amparado por la ley es el test de ADN.

¿Cuál es la diferencia entre reconocimiento, reclamación e impugnación de paternidad?

En primer lugar, el reconocimiento es un acto que no se rige por la ley como tal. Se trata de un evento voluntario, en donde ambas partes, tanto el padre como la madre, acuden al registro civil. Como resultado, inmediatamente, el hijo pasa a formar parte del centro de la familia recién formada, reconocido por igual.

Por su parte, la reclamación, es el acto de demandar o exigir la paternidad o maternidad, mediante la intervención de un tribunal. Cuando se ha llegado a la conclusión de que debe ser impuesta, se toman las previsiones necesarias, siguiendo una serie de pasos claves.

Como último lugar, la impugnación, tal como ya se mencionó, es el hecho de renegar de un título de parentesco. De acuerdo a las indicaciones mostradas previamente, se podrá realizar de una manera u otra.

Cuál es la diferencia entre reconocimiento, reclamación e impugnación de paternidad

 ¿Qué pasa cuando se termina el juicio de paternidad?

El juicio de paternidad finaliza, cuando la prueba de ADN arroja un resultado positivo y el juez da una sentencia. Cuando la paternidad es absorbida por la ley y el acusado es obligado a responder, adquiere una serie de responsabilidades.

Como ya se nombró, el padre debe velar por la calidad de vida del hijo en cuestión. Desde contribuir al gasto de su manutención, hasta la pensión alimenticia, así como otras premisas relacionadas al estudio y educación.

 ¿Puede un hijo demandar a su padre por paternidad?

La única vía por la cual un hijo es capaz de demandar a su propio padre, es al cumplir con la mayoría de edad. En ese momento, estará habilitado legalmente para hacerse cargo de su propio proceso judicial.

Aunque pueda parecer extremista y, en efecto tedioso, la demanda puede efectuarse aun con el progenitor fallecido. En ese sentido, se cita ante un tribunal a los herederos o interesados en la materia.

A partir de ese momento, la batalla judicial no se diferencia mucho a una común. Básicamente, se presentan las pruebas asociadas al parentesco con el recién fallecido, aunado a un test de ADN.

En relación a esta parte, la prueba se ejecuta mediante exhumación o tomando una muestra sanguínea de un heredero que comporta vínculo familiar. De esa forma, se obtendrá la genética dominante que corresponde a ese lado del acusado.

Puede un hijo demandar a su padre por paternidad

Después de la demanda de paternidad ¿Puede el padre quitar la tuición del hijo?

La tuición es un derecho que, por defecto, en estos casos, está asignada directamente a la madre como tal. No obstante, el padre, aun perdiendo la demanda, es capaz de presentar una petición para la tuición.

No obstante, posee todo en su contra, ya que, principalmente, si está bajo demanda, deja mucho que desear. Con respecto a su comportamiento, no tendrá la suficiente validez como para pregonar u ostentar el título de tuición.

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